Archivos de la disputa contra Tebas por la venta del Fuenlabrada

El juzgado número seis de Fuenlabradaen un coche del pasado 17 de enero, coincidiendo con el archivo provisional de la querella interpuesta por un ex socio del actual presidente del Fuenlabrada, Jonathan Praenacontra el presidente de la Liga Javier Tebas Medrano y sobre hijo javier tebas llanas por presuntos delitos cometidos en la venta del club madrileño.
Así lo desvela Iusport en un dato en la que apunta que el juez califica de “inciertas” las alegaciones que se vertieron contra Tebas y otros querellados y explica que no se dan los “elementos de ninguno de los tipos penales referidos en la querella ni de ninguno otro contenido en el Código Penal”.
Además, el auto añade que “se pos de manifierto” que la parte actora “no sólo no ha acreditado las afirmaciones contenidas en el escrito”, hasta e inclusive algunas de ellas “han resultado inciertas”. Por ello, añade Iusport, no se aprecian índices de criminalidad en la actuación de los querellados por los delitos que se indican, por lo que se procede al archivo de lo actuado.
Sobre el “legado privilegiado consulting” de los letrados Javier Tebas Llanas y Javier Tebas Medrano, el juez explica que las diligencias practicadas evidencian que “no solo no tiene resultado acreditado por ninguna vía”hasta la prueba practicada “ha demostrado que es incierta”.
Asimismo, se destaca cuando Jonathan Praena contacto con el presidente de LaLiga, éste ya era propietario del 51 por ciento de las acciones y desde el año 2016 tenía suscrito un acuerdo para aquirir y el resto del accionariado del club. De esta forma, razona el juez, “no es posible apoyar que adquiriera la propiedad del club, en perjuicio del demandante, gracias al asesoramiento de los letrados querellados”, apunta Iusport.
El juez también considera que no hay diligencia practicada que corrobore otra parte de la querella que indica que gracias a la intervención de Javier Tebas Medrano Recomendará una segunda tarea del estadio Fernando Torres justo en la cuantía que necesitaba a sus intereses.
Para el juez también queda acreditado que, en cuanto a las diferencias en los informes de tasación ya la vista de las declaraciones de los autores de los informes, tales diferencias obedecieron “sencillamente a diferencias en criterios técnicos Seguidos por sus autores y añade que también queda Desacreditada la declaración contenida en la pregunta sobre la supuesta relación de Javier Tebas Medrano con determinados peritos.
Por último, concluye que del resultado del conjunto de la prueba practicada, ha quedado manifestado que no concurren en la implementación de los querellados Jonathan Praena, Javier Tebas Llanas y Javier Tebas Medrano, ninguno de los elementis de los tipos penales per los que han sido querellados.
Por tanto, no existe respecto de ninguno de ellos índices de criminalidad que justifiquen el mantenimiento de su imputación por lo que, de conformidad con lo dispuesto en la ley, “se acuerda el sobreseimiento provisionio de las actuaciones”.
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