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Los jugadores de la Liga tienen asegurado on convenio colectivo hasta el 2024

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20/04/2021 a las 10:43

CEST


Los futbolistas profesionales de Primera y Segunda división pueden respirar tranquos. Se te adjudicará un convenio sindical con la Liga hasta el 30 de junio de 2024. Es la finalización del convenio colectivo que el sindicato AFE y la Liga establecerán con firmeza y establecerán las bases del régimen laboral de los futbolistas con sus clubes. .

Una convención que sigue como base para la firma el 1 de julio de 2016 que se finaliza el 30 de junio de 2020 porque no es necesario que una continuación de mi lenguaje después de que ninguna de las partes denuncie por el momento.

Según lo establecido por Convenio firmado el 23 de noviembre publicado en el BOE. Concretamente, en su artículo 5 relativo a la vigencia del mismo y que dice lo siguiente: “Este Convenio Colectivo quedará prorrogado en su totalidad por períodos sucesivos de cuatro años si no fuera denunciado, por cualquiera de las partes, con al menos seis meses de con antelación a la fecha de su finalización o a la de cualquiera de sus prórrogas “.

Algo que no se produjo por ninguna de las dos partes, Liga y AFE, lo que supone otros cuatro años más de vigencia del misma with “a revisión anual automática de todas las cláusulas de content económico, de conformidad con la fórmula elegida en dichasulas, o en su defecto por la variación experimentada por el índice de Precios al Consumo (IPC) en el temporal inmediato anterior “.

Esto supone que, a excepción de las condiciones económicas revisables cada año, el resto de clausulas si mantiene igual. Esto supone que los futbolistas tienen derecho a unas vacaciones anuales retribuidas de 30 días naturales, o de la parte proporcional que les matcha cuando tienen una antigüedad inferior a un año. Además al menos “21 serán disfrutados de forma continuada y el rest when las partes lo acuerden”. En caso de desacuerdo, si disfrutaán los 30 días de forma continuada y en ningún caso podrá sustituir el período vacacional por compensación económica.

Esta renovación automática supone que tampoco se celebrarán o disputarán partidos de cualquier otro tipo los días 24, 25 y 31 de diciembre y 1 de enero de los años de vigencia del convenio

El importe mínimo en primer lugar es de 6500 euros al mes en el IPC

Es en el apartado de las cuantías económicas de donde se pueden revisar de manera anual. Y aquí el elemento clave es la cuantía mínima para percibir mensualmente por los jugadores de Primera y Segunda división. En el caso de la categoría más alta es de 6500 euros (así se acordó en el 2015) además del incremento de IPC aplicable desde aquel año. En el caso de la Segunda división la cuantía mínima es de 4000 euros con el matchiente actualización del IPC. A eso hay que onmar las actualizaciones de IPC de estos próximos cuatro años.

Y luego es la parte relacionada con las sanciones disciplinarias que están graduadas como leves, graves y muy graves.

En el caso de las primeras, implica una amonestación verbal y por escrito además de suspensión de empleo y sueldo de hasta un día. Económicamente implica una multa de hasta el 4% del salario mensual, según grados: En grado mínimo hasta el 1,33% del salario mensual. En grado medio del 1,34% hasta el 2,66% del salario mensual y un máximo del 2,67% al 4% del salario mensual.

En el caso de las faltas graves implica la suspensión de empleo y sueldo de dos a diez días, sanción que deberá graduarse conforme a las circunstancias concurrentes. En el tema económico hay una multa del 7% del salario mensual.

En el caso de los salarios inferiores o iguales a 100.000 euros mensuales hay un grado mínimo: 4.01% hasta el 5% del salario mensual. La nota media oscila entre el 5,01% y el 6% del salario mensual y un máximo del 6,01% al 7% del salario mensual.

Se pueden actualizar las cantidades de la importación de las sanciones

Si los salarios son superiores a 100.000 euros mensuales, el convenioroute que se aplicará la misma tabla indicado anteriormente en los primeros 100.000 euros, sumando a estos importes la aplicación de los siguientes grados: Un mínimo hasta el 1.33% del exceso del salario mensual . Un grado medio del 1,34% tiene un 2,66% del exceso del salario mensual y un máximo del 2,67% al 4% del exceso del salario mensual.

Y finalmente están las sanciones muy graves que va desde la suspensión de empleo y sueldo de once a treinta días hasta la sanción.

Económicamente, la sanción es una multa de hasta el 25% del salario mensual, según grados. Si los salarios son inferiores o iguales a 100.000 euros mensuales, se establece un mínimo del 7,01% hasta el 13% del salario mensual; una nota media del 13,01% al 19% del salario mensual y un máximo del 19,01% al 25% del salario mensual.

Cuando los salarios son más de 100.000 euros al mes. Si aplica la misma tabla indicada previamente en los primeros 100.000 euros, sumando a estos import la aplicación de los siguientes grados: Un mínimo hasta el 3.33% del exceso del salario mensual. Grado medio del 3,34% hasta el 6,66% del exceso del salario mensual y un máximo del 6,67% al 10% del exceso del salario mensual.

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