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La Federación elabora las bases de competición condicionadas al coronavirus


Como ha adelantado la Cadena Cope y hemos confirmado en SPORT, en la RFEF ha elaborado un borrador de competiciones para la temporada 2020-2021 donde se analizará, por ejemplo, qué pasaría si se suspende o paraliza las competiciones y no pueden finalizar antes del 30 de junio.

31/08/2020 a las 23:04

CEST


Ramon Fuentes

También ocurrió que para que haya campeón, ascensos y descensos se tendrá que haber disputado el 50% de los partidos antes del 30 de junio.

En cuanto a la Copa del Rey, se analizará que si no se puede jugar alguna ronda quedará suspendido el torneo salvo que reste por disputarse sólo la final.

Clasificación para Europa: si se suspenden los partidos y no se válida la clasificación, la RFEF mandará a UEFA a los equipos clasificados para Europa de la temporada anterior.

En concreto, en caso de suspensión o paralización de las competiciones por fuerza mayor se aplicarán, entre otras, las siguientes reglas para la determinación de los ascensos, descensos y ganadores de las competiciones:

Competiciones con fase regular única (ida y vuelta)

En caso de suspensión o paralización de las competiciones por fuerza mayor, y para el caso de que no pudiese finalizar la totalidad de la competición, es decir, disputarse la totalidad de los partidos previstos desde el inicio, antes del 30 de junio se considerará como finalizada sin ascensos y sin descensos o, en su caso, sin ganador del título en el supuesto que no se hubieran podido disputar, como mínimo, el 50% del total de las jornadas en el calendario oficial de todos los clubes participantes.

Competiciones con formato eliminatorias (Copa)

Si por cualquier circunstancia de fuerza mayor, antes del 30 de junio, no pudiesen desarrollarse una o varias de las eliminatorias de la competición, la misma se dará por finalizada sin campeones, ni otros resultados, salvo que quedase por disputar exclusivamente la final o la tour final en cuyo caso la Comisión Delegada podrá decidir disputarla durante la siguiente temporada.

Efectos de un test positivo en la plantilla, cuerpo técnico y demás integrantes

Cuando en un equipo de las competiciones no profesionales distintas a la Primera División Femenina, exista un caso positivo por Covid-19 de cualquiera de las personas que tenga licencia deportiva con dicho equipo, se deberá suspender de inmediato los entrenamientos y la participación en las competiciones hasta que quede acreditado que el resto de miembros con licencia de dicho equipo hayan dado negativo en los test por el Covid-19 y nunca antes de 7 días desde que se tenga conocimiento del positivo.

Obligación de reportar casos positivos por Covid-19

Los clubes que participan en competiciones de ámbito estatal no profesional y desde el inicio de las competiciones deportivas, están obligados a comunicar de manera confidencial y bajo el principio de secreto profesional al Departamento Médico de la RFEF y en el plazo máximo de 24 horas desde que .tuvieran conocimiento del mismo, si cualquiera de sus integrantes con licencia federada en competencias no profesionales de ámbito estatal diera positivo de Covid-19.

La misma obligación y con los mismos criterios y garantías tendrá cualquiera de las personas que posean licencia deportiva con la RFEF y no considere oportuno comunicar la incidencia al club al que pertenece.

A estos efectos, la no comunicación prevista en párrafos anteriores será considerado como infracción muy grave de las previstas en el artículo 68 del Código Disciplinario, considerado como una conducta contraria al buen orden deportivo o, en su caso, como infracción muy grave de las previstas en el artículo 69bis del mismo texto, al considerar como actos especialmente graves por la manifiesta falta de respeto y puesta en riesgo a los compañeros del mismo equipo y del equipo rival.

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